ACLARA DESARROLLO SOCIAL ACUSACIONES SOBRE AUDITORÍAS DEL TITULAR DE LA CASA DEL MIGRANTE EN JUÁREZ

Martes 21 Noviembre 2017
ACLARA DESARROLLO SOCIAL ACUSACIONES SOBRE AUDITORÍAS DEL TITULAR DE LA CASA DEL MIGRANTE EN JUÁREZ
 
En relación a los señalamientos del director de la Casa del Migrante de Juárez A.C., Francisco Javier Calvillo Salazar, donde menciona una supuesta persecución fiscalizadora en su contra, el Secretario de Desarrollo Social Víctor Quintana Silveyra, dijo sentirse extrañado por dichos comentarios, toda vez que el director firmó un convenio con Gobierno del Estado.
 
“Si se tratara de una auditoría ilegal, no consensuada o agresiva, yo lo entendería, pero se trata de una de las condiciones para otorgar el recurso del Fondo de Apoyo a Migrantes (FAM) del Gobierno Federal, del cual la Secretaría de Desarrollo Social, solo es un conducto”, señaló el funcionario estatal.
 
Reiteró que el director de la Casa del Migrante, firmó un acuerdo en el que se comprometió a tener la información financiera disponible ante cualquier auditoría, situación que no ha querido aceptar.
 
Desafortunadamente, esta no es la primera ocasión que sucede una situación similar con la asociación, el 7 de abril del 2015, la comisión de fiscalización del Gobierno del Estado, solicitó a la Auditoría Superior del Estado una revisión a la Casa del Migrante de Juárez A.C., por no poner a disposición de las autoridades correspondientes sus estados financieros.
 
Quintana Silveyra, insistió en que no se está actuando de manera ilegal, ni se está ejerciendo una acción de terrorismo fiscal en contra de la asociación que encabeza Calvillo Salazar, sino que solo se trata de una auditoría normal por ejercer recursos públicos.
 
En ese sentido, el secretario agregó que una vez terminada la auditoría se le presentará un informe al FAM, como se cumplió con esta acción de rendición de cuentas y esta instancia sería en todo caso, la responsable de dictaminar que es lo que sucede en caso de que haya irregularidades.
 
Es de destacar que de acuerdo a la Auditoría Superior del Estado de Chihuahua, en su artículo cuatro, párrafo quinto, se especifica es susceptible de fiscalización que en general, cualquier persona física o moral, pública o privada, que reciba menaje, recaude o administre recursos públicos.
 
Adicionalmente, el artículo siete párrafo dieciséis señala que la Auditoría Superior es competente para auditar la aplicación de subsidios y la trasferencia de recursos públicos que los entes fiscalizables hayan recibido, cualquiera que sea su fin o destino.
 
En tanto que los lineamientos del de operación del FAM, en su capítulo VII, fracción diecinueve, precisa que para efectos de transparencia y rendición de cuentas, las Entidades federativas deberán incluir en su cuenta pública y en los informes sobre el ejercicio del gasto público que presentan al Poder Legislativo respectivo, la información relativa a la aplicación de los recursos otorgados con cargo al Fondo.