Código Penal Vigente en el Estado de Chih - Violencia Familiar

CEJUM - No seas víctima del delito

 

  • Violación
  • Abuso sexual
  • Estupro
  • Hostigamiento sexual
  • Privación de la libertad personal
  • Retención y sustracción de personas menores de edad
  • Incumplimiento de la obligación alimentaria
  • Discriminación por razones de género
  • Violencia familiar
  • Homicidio
  • Desaparición de mujeres
  • Trata de personas

 

 

La Ley Estatal del Derecho de las mujeres a una Vida libre de Violencia define la violencia contra las mujeres como:

 

“Cualquier acción u omisión, que en razón de género, tenga como fin o resultado un daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte, tanto en el ámbito privado como el económico”. Es una ofensa a la dignidad y a los derechos humanos. Puede presentarse en todas las edades de las personas, en todas las clases sociales y regiones geográficas.

 

Tiene efectos inmediatos y puede ponerte en peligro de muerte.

 

 

 

Código Penal vigente en el Estado de Chihuahua

 


Violencia familiar
Artículo 193
 

A quien ejerza algún acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, controlar o agredir de manera física, psicológica, patrimonial, económica o sexual, dentro o fuera del domicilio familiar, sobre alguna persona a la que esté, o haya estado unida, por un vínculo matrimonial, de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil; tutela o curatela; concubinato; o bien, que haya tenido o tenga alguna relación afectiva o sentimental de hecho, se le impondrá de uno a cinco años de prisión y, en su caso, prohibición de acudir o residir en lugar determinado o tratamiento psicológico, independientemente de las sanciones que correspondan por cualquier otro delito.
 

 

Los actos de violencia a que se refiere el presente artículo se entenderán en los términos de la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

 

 

La educación o formación del menor no será en ningún caso considerada justificación como forma de maltrato.

 

 

Este delito se perseguirá de oficio

 

Denuncias o querellas a través de la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Genero

 

 

Ligas de interés:

Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género
Acuerdo de Creación de los Centros de Justicia (en el Periódico Oficial) (link is external)