AVISO
La Coordinación Estatal de Protección Civil informa:
En el caso de los Programas Internos, éstos deberán contar con una carta de corresponsabilidad elaborada por el asesor contratado, quien deberá contar con registro expedido por la Coordinación Estatal de Protección Civil.
Referencias:
(1) El Reglamento a la Ley de Protección Civil del estado fue publicado el día 1 de Mayo de 2010.
(2) La Ley General de Protección Civil fue publicada el día 6 de Junio de 2012.
(3) Programa Interno: Artículos 38, 39 y 40 de la Ley General de Protección Civil.
REVISIÓN Y ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN
Para revision y entrega de documentación, solicitar cita al Departamento de Vinculación al telefono
01 614 429 7317 ext. 10589
Para consulta de vigencia de Capacitadores y Consultores, llamar al telefono
01 614 429 7317 ext. 10582





La Coordinación Estatal de Protección Civil informa:
Que de acuerdo a lo establecido en el Articulo 101 del Reglamento a la Ley de Protección Civil del Estado de Chihuahua (1), así como al Artículo 11 de la Ley General de Protección Civil (2), toda persona física o moral que brinde servicios de capacitación o asesoría en materia de Protección Civil, deberá contar con el registro expedido por esta Coordinación Estatal de Protección Civil. Esta disposición es aplicable en los 67 municipios del Estado de Chihuahua.
Lo anterior se hace del conocimiento de los propietarios, arrendadores o administradores de inmuebles y establecimientos del sector público y privado, quienes tienen la obligación de contar con un Programa Interno de Protección Civil (3), así como brigadas de emergencia debidamente capacitadas, por lo cual, se les exhorta para que previo a la contratación de dichos servicios, se aseguren que el asesor o instructor externo cuente con registro ante esta Dependencia, el cual es independiente a los registros emitidos por otros organismos o dependencias, ya que de lo contrario no serán válidos los documentos que se presenten para autorización de las autoridades estatales o municipales de Protección Civil.
Para que los cursos sean válidos deberán cumplir con los siguientes aspectos:
Los cursos deberán ser impartidos invariablemente por la persona registrada, y no por auxiliares o personas en sustitución del Capacitador.
La duración mínima para cada curso es la siguiente:
Lo anterior se hace del conocimiento de los propietarios, arrendadores o administradores de inmuebles y establecimientos del sector público y privado, quienes tienen la obligación de contar con un Programa Interno de Protección Civil (3), así como brigadas de emergencia debidamente capacitadas, por lo cual, se les exhorta para que previo a la contratación de dichos servicios, se aseguren que el asesor o instructor externo cuente con registro ante esta Dependencia, el cual es independiente a los registros emitidos por otros organismos o dependencias, ya que de lo contrario no serán válidos los documentos que se presenten para autorización de las autoridades estatales o municipales de Protección Civil.
Para que los cursos sean válidos deberán cumplir con los siguientes aspectos:
Los cursos deberán ser impartidos invariablemente por la persona registrada, y no por auxiliares o personas en sustitución del Capacitador.
La duración mínima para cada curso es la siguiente:
Curso | Duración |
Primeros Auxilios | 6 horas |
Prevención de Incendios | 4 horas |
Evacuación | 4 horas |
Busqueda y Rescate | 4 horas |
En el caso de los Programas Internos, éstos deberán contar con una carta de corresponsabilidad elaborada por el asesor contratado, quien deberá contar con registro expedido por la Coordinación Estatal de Protección Civil.
Referencias:
(1) El Reglamento a la Ley de Protección Civil del estado fue publicado el día 1 de Mayo de 2010.
(2) La Ley General de Protección Civil fue publicada el día 6 de Junio de 2012.
(3) Programa Interno: Artículos 38, 39 y 40 de la Ley General de Protección Civil.
REVISIÓN Y ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN
Para revision y entrega de documentación, solicitar cita al Departamento de Vinculación al telefono
01 614 429 7317 ext. 10589
Para consulta de vigencia de Capacitadores y Consultores, llamar al telefono
01 614 429 7317 ext. 10582
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