Programa Anual de Desarrollo Archivístico

 

En cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º fracciones I y V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en el capítulo V denominado “De la Planeación en Materia Archivística,” específicamente en los artículos 23, 24, 25, 28 fracción III, 42 y 43 de la Ley General de Archivos y a lo estipulado en los artículos 26, 27, 28 y 31 fracción III, 47 y 48 de la Ley de Archivos para el Estado de Chihuahua; normatividades que establecen que los sujetos obligados deben contar con un sistema institucional de archivos, se deja a disposición del público el Programa Anual que contempla las acciones tendientes a dar continuidad a los trabajos realizados por el Área Coordinadora de Archivos de la Secretaría de Pueblos y Comunidades Indígenas para lograr la adecuada gestión documental y la administración de archivos.ar continuidad a los trabajos realizados por el Área Coordinadora de Archivos de la Secretaría de Pueblos y Comunidades Indígenas para lograr la adecuada gestión documental y la administración de archivos.

 

 

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Audiencia